la inscripción, como contador público, se acredita sólo con la tarjeta profesional, tal como
se enuncia en las normas anteriores.
ACREDITACIÓN DE INSCRIPCIÓN COMO CONTADOR PÚBLICO
CTCP Nº de Radicación 2022-0513 fecha publicación 2 de noviembre de 2022
ACREDITACIÓN DE INSCRIPCIÓN COMO CONTADOR PÚBLICO
Sobre el particular, es importante considerar lo establecido en la Ley 43 de 1990, así:
“Artículo 1° Del Contador Público. Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción
que acredite su competencia profesional en los términos de la presente Ley, está facultada para dar fe pública de
hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros, y realizar las demás actividades
relacionadas con la ciencia contable en general. (…)
Artículo 3° De la inscripción del Contador Público. La inscripción como Contador Público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores. (…)” Resaltado propio
En síntesis, la inscripción, como contador público, se acredita sólo con la tarjeta profesional, tal como
se enuncia en las normas anteriores.
ACREDITACIÓN DE INSCRIPCIÓN COMO CONTADOR PÚBLICO
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