Asesoría legal, tributaria y administrativa

APLICACION DE MARCOS TECNICOS NORMATIVOS POR COPROPIEDADES

APLICACION DE MARCOS TECNICOS NORMATIVOS
POR COPROPIEDADES

CONSULTA RADICACION CTCP 2020 – 0568 8 de junio de 2020

Con respecto a la consulta del peticionario, cabe recordar que por disposición legal una copropiedad está obligada a llevar contabilidad conforme a las normas legales vigentes, es decir, bajo la aplicación de los marcos técnicos normativos incorporados en los anexos 1, 2 o 3, para los grupos 1, 2 o 3, respectivamente, del Decreto Único Reglamentario –DUR 2420 de 2015 y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan; la determinación del grupo al cual pertenece la entidad es responsabilidad de la administración de la misma. Por ello, conforme al reglamento expedido, los contadores públicos cuando certifican o dictaminan estados financieros, también tienen la obligación de aplicar los marcos técnicos normativos vigentes en Colombia.
Si los estados financieros de la copropiedad se elaboran aplicando un marco técnico distinto de los requeridos en el reglamento, se está incumpliendo una serie de disposiciones legales que aplican para administradores, contadores y revisores fiscales, generando efectos en el valor probatorio de la contabilidad. Por ello, los responsables de la dirección y administración de la copropiedad (Ver Art. 36 de la Ley 675 de 2001), deberán establecer el procedimiento a seguir para elaborar su contabilidad conforme a los requerimientos de los marcos técnicos normativos. También se tendrá en cuenta que cuando la copropiedad se clasifica en el Grupo 3, esta no aplica las NIIF, por cuanto este concepto solo es aplicable para los Grupos 1 y 2, del DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios.
Las entidades clasificadas en el Grupo 3 aplican el concepto conocido como una contabilidad simplificada, que no es una norma internacional de información financiera, sino una base contable transaccional, que utiliza el costo como base de medición, y que contiene requerimientos de presentación y revelación muy sencillos, que no tienen mayores complejidades.
Por último, le recomendamos revisar el documento de orientación técnica No. 15 – copropiedades de uso residencial o mixto, en el que se incorporan lineamientos para la contabilidad de copropiedades y que podrá acceder en el sitio www.ctcp.gov.co, enlace publicaciones.

Abrir chat
Hola bienvenido a . Estoy para ayudarte.