TRATAMIENTO CONTABLE DEL ACUERDO DE PAGO
CON PROVEEDOR
CONSULTA RADICACION CTCP 2020 – 004 3 de enero de 2020
“En primer término, debemos aclarar que habiéndose emitido los decretos que ponen en vigencia los estándares de información financiera en Colombia, el tratamiento contable debe efectuarse teniendo en cuenta el marco técnico normativo que le corresponda a la entidad. Como no se indica en la consulta el grupo al que pertenece el consultante, este concepto se elabora teniendo como referente el Marco Técnico Normativo correspondiente al Grupo 2, contenido en el Decreto Único 2420 de 2015 y sus modificaciones, es decir, la NIIF para PYMES.
Este pasivo, que inicialmente para el deudor se encuentra como una cuenta por pagar a proveedores (22), se puede reclasificar a una cuenta de obligaciones financieras (21)
Mediante consulta 2019-0626 se especificó lo siguiente:
“Clasificación general de los pasivos, según los marcos de información financiera
En general los pasivos se clasifican de la siguiente manera (1):
(1) Tomado de la NIC 1 párrafo 54, y el párrafo 4.2 de la NIIF para las PYMES
* Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar;
* Provisiones;
* Pasivos financieros (diferentes a las cuentas por pagar);
* Pasivos por impuestos corrientes (impuesto de renta del periodo);
* Pasivos por impuestos diferidos;
* Pasivos incluidos en los grupos de activos para su disposición, clasificados como mantenidos para la venta (solo entidades del grupo 1);
* Otros pasivos no financieros (anticipos recibidos, ingresos recibidos por anticipado);
Clasificación de las cuentas por pagar
Observando la estructura XBRL 2018 (full IFRS ordered by report), la etiqueta “800100 Notas- Subclasificaciones de activos, pasivos y patrimonio”, menciona como componentes de las “Cuentas comerciales por pagar y otras cuentas por pagar”, las siguientes:
* Cuentas comerciales por pagar
* Cuentas por pagar con partes relacionadas
* Cuentas por pagar por la compra de activos no corrientes
* Pasivos acumulados (devengados)
* Ingresos diferidos
* Cuentas por pagar a la seguridad social
* Impuesto al valor agregado por pagar
* Cuentas por pagar por impuestos al consumo
* Cuentas por pagar por retenciones
* Beneficios a los empleados a corto plazo acumulados (devengados)
* Otras cuentas por pagar
Normatividad respecto al formato y ordenamiento de las partidas en el estado de situación financiera
La Normas de Información Financiera no imponen un orden especifico o un formato previo para la presentación del estado de situación financiera, por lo que la entidad que informa deberá determinar la estructura más apropiada que represente las partidas relevantes para el usuario de los estados financieros. Al respecto las NIIF para las PYMES, especifica lo siguiente:
“Ordenación y formato de las partidas del estado de situación financiera
4.9 Esta Norma no prescribe ni el orden ni el formato en que tienen que presentarse las partidas. El párrafo 4.2 simplemente proporciona una lista de partidas que son suficientemente diferentes en su naturaleza o función como para justificar su presentación por separado en el estado de situación financiera. Además:
(a) se incluirán otras partidas cuando el tamaño, naturaleza o función de una partida o grupo de partidas similares sea tal que la presentación por separado sea relevante para comprender la situación financiera de la entidad; y
(b) las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares podrán modificarse de acuerdo con la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante para la comprensión de la situación financiera de la entidad.
4.10 La decisión de presentar partidas adicionales por separado se basará en una evaluación de todo lo siguiente:
(a) los importes, la naturaleza y liquidez de los activos;
(b) la función de los activos dentro de la entidad;
(c) los importes, la naturaleza y el plazo de los pasivos”.
Tanto las cuenta por pagar a proveedores como las obligaciones financieras se tratan de pasivos financieros, la forma como se presenten en el estado de situación financiero depende de los criterios de agregación que utilice el elaborador de información financiera, no obstante la operación se generó en una transacción con proveedores por lo que se recomienda presentarse en la información financiera dentro del rubro de cuentas por pagar o, cuentas por pagar reestructuradas.
Al no estar vigente un plan único de cuentas, los códigos del plan de cuentas utilizados por la entidad y su estructura serán definidas por la administración de la entidad en cabeza de quien esta delegue dicha función.
Cuando las cuentas por pagar reestructuradas o refinanciadas contractualmente, se consideren materiales, se considera relevante presentarlas de forma separada en las notas a los estados financieros o directamente en el estado de situación financiera.
En caso de ser el acreedor, como sería su tratamiento contable, seguiría siendo una cuenta por cobrar.”
Para el caso de las cuentas por cobrar, el análisis es similar al de la cuentas por pagar, en este caso por tratarse de una transacción con clientes se presentaría en la información financiera como una cuenta por cobrar a un cliente, en este caso una cuenta por cobrar reestructurada.”
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