CONTABILIZACION DE ZONAS COMUNES EN COPROPIEDADES
CTCP Consulta Nº de Radicación 2020-1101 25 de noviembre de 2020
Ahora, respecto de la forma adecuada de contabilizar las zonas comunes, la respuesta a su consulta puede encontrarla en la orientación técnica No. 15 copropiedades de uso residencial o mixto, donde se hace una amplia referencia al tema de la contabilización de los bienes comunes, así como sobre los ingresos que se generan por su explotación. Solo los bienes comunes que hayan sido desafectados pueden ser contabilizados en la contabilidad de la copropiedad, pero ello no significa que la copropiedad no pueda registrar en su contabilidad los ingresos que se derivan de su explotación, ello se hará conforme a los requerimientos para el reconocimiento de ingresos, y la asignación que haya sido aprobada por la asamblea a estos recursos. Dicha orientación podrá accederla en el enlace
www.ctcp.gov.co/publicaciones.
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