REINVERSION DE EXCEDENTES EN UNA ESAL
C.T.C.P. Nº de Radicación CTCP 2020-1160 Diciembre 23 de 2020
Respecto de su consulta, tal como usted lo señala, este consejo ha recomendado que cuando se
apropien recursos de los excedentes para la adquisición de elementos de propiedades planta y equipo,
en una ESAL, ellos deben ser contabilizados como una reserva, la cual formará parte del patrimonio. El
CTCP también ha indicado, que en el activo se puede constituir un fondo con destinación específica,
cuando los excedentes estén representados por fondos líquidos, así al adquirirse el activo, el fondo
restringido se acreditaría, dando origen al reconocimiento del elemento de propiedades, planta y equipo
en los estados financieros.
Ahora bien, si se trata de un activo depreciable, al amortizarse, considerando a las estimaciones de vida
útil, valor residual y método de depreciación, sería necesario reconocer un gasto en el estado de
resultados. Para neutralizar el efecto de este gasto en los excedentes que se generen en períodos
futuros, la ESAL también podría considerar ir reclasificando de la reserva para readquisición de activos,
a los excedentes no distribuidos, el mismo importe que es reconocido como gasto en el estado de
resultados.
Sobre el tema comentado, le sugerimos revisar el concepto 2020-0876 ESAL – contabilización de
excedentes usados en el periodo, que podrá acceder en el sitio www.ctcp.gov.co, enlace conceptos
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