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RETENCION EN LA FUENTE SOBRE DIVIDENDOS

RETENCION EN LA FUENTE SOBRE DIVIDENDOS

CONSULTA RADICACION CTCP 2020 – 0041 16 de enero de 2020

“ Referencia normativa

Párrafo 65A de la NIC 12 (anexo 1 del DUR 2420 de 2015)

“Una entidad que pague dividendos a sus accionistas puede estar obligada a pagar una porción de dichos dividendos a las autoridades fiscales, en nombre de los accionistas. En muchas jurisdicciones estas cuantías se denominan retenciones de impuestos. Estos montos, pagados o por pagar a las autoridades fiscales, se cargan al patrimonio como parte de los dividendos”.

Párrafo 35A de la NIC 32:

“El impuesto a las ganancias relativo a distribuciones a los tenedores de un instrumento de patrimonio y a costos de transacción de una transacción de patrimonio se contabilizará de acuerdo con la NIC 12 Impuestos a las Ganancias” [Ver también los párrafos FC33A a FC33C, de los fundamentos de las conclusiones (1)].

(1) Los párrafos FC33A a FC33C corresponden a los fundamentos de conclusiones de la NIC 32, los cuales conforman la “parte C” de los libros emitidospor IASB, los cuales no se encuentran anexos en el DUR 2420 de 2015.
Con las Mejoras Anuales a las Normas NIIF Ciclo 2015-2017 se eliminó el párrafo 52B de la NIC 12, y se alineó el tratamiento del efecto del impuesto sobre las ganancias al momento de repartir dividendos a los accionistas, al respecto del párrafo FC33C de los fundamentos a las conclusiones de la NIC 32 menciona lo siguiente:

“(…) Por consiguiente, en la medida en que la distribución esté relacionada con el ingreso que surge de una transacción que fue reconocida originalmente en el resultado del periodo, el impuesto a las ganancias sobre la distribución debe reconocerse en el resultado del periodo. Sin embargo, si la distribución está relacionada con el ingreso o con una transacción que fue originalmente reconocida en otro resultado integral o en patrimonio, la entidad debería aplicar la excepción del párrafo 58(a) de la NIC 12, y reconocer las consecuencias en el impuesto a las ganancias de la distribución fuera del resultado de periodo. El Consejo también observó que, de acuerdo con el párrafo 65A, cuando una entidad paga dividendos a sus accionistas, la parte de los dividendos pagados o por pagar a las autoridades fiscales como impuestos retenidos se cargará a patrimonio como parte de los dividendos” (la negrilla es nuestra)

Mediante párrafo FC33B se justificó la incorporación del párrafo 35A de la NIC 32, de la siguiente manera:

“El Consejo destacó que la intención de la NIC 32 era seguir los requerimientos de la NIC 12 para la contabilización del impuesto a las ganancias relativo a distribuciones a los tenedores de un instrumento de patrimonio y a los costos de transacción de una transacción de patrimonio. Por consiguiente, el Consejo decidió añadir el párrafo 35A a la NIC 32 para aclarar esta intención”.

Tratamiento de los dividendos entregados a los accionistas

Para el caso del ejemplo planteado por parte del consultante, se expondrá lo siguiente para efectos de el
reconocimiento de los dividendos y la retención en la fuente (en caso de existir).
· La sociedad “D” entrega dividendos de $1.000 a su único accionista, en este caso la sociedad nacional “x”, en el año 2020;
· La sociedad nacional “X”, recibe los dividendos menos la correspondiente retención en la fuente, la cual no podrá ser utilizada por ella para pagar su impuestos sobre la renta nacional, sino que será trasladable a sus beneficiarios finales (según la normas del Estatuto Tributario Nacional);
· La sociedad “X” reparte dividendos a sus accionistas por valor de $500, la sociedad nacional “M” 30%, una persona natural residente en Colombia (30%), y una sociedad del exterior “T” 40%;
· La sociedad del exterior “T”, tiene dos accionistas, una persona natural y otra persona jurídica, del cual no se conoce su identidad.
Teniendo en cuenta lo anterior se realizará el ejemplo de los registros contables sugeridos, atendiendo lo expuesto en las normas anteriormente planteadas, disponibles en el anexo 1 del DUR 2420 de 2015.

Registro contable de la sociedad “D” quien entrega los dividendos

La sociedad “D” entrega dividendos de $1.000 a su único accionista, en este caso la sociedad nacional “x”, en el año 2020.

Cuenta contable                                                                       Débito     Crédito
Patrimonio – resultados acumulados                                       1.000
Pasivo – retención en la fuente                                                                         75
Pasivo- cuenta por pagar dividendos                                                             925

 

Registro contable de la sociedad “X” quien recibe los dividendos

La sociedad nacional “X”, recibe los dividendos menos la correspondiente retención en la fuente, la cual no podrá ser utilizada por ella para pagar su impuestos sobre la renta nacional, sino que será trasladable a sus beneficiarios finales (según la normas del Estatuto Tributario Nacional);

Cuenta contable                                                                      Débito       Crédito
Ingreso por dividendos o menor valor de la inversión
medida por el método de la participación                                                    1.000
Patrimonio – resultados acumulados, retenciones
trasladables al beneficiario final                                                   75
Cuenta por cobrar o efectivo                                                        925

Registro contable de la sociedad “X” quien entrega dividendos a sus accionistas

La sociedad “X” reparte dividendos derivados de su participación en la sociedad “D” a sus accionistas por valor de $500. Los dividendos se entregan a la sociedad nacional “M” 30%, una persona natural residente en Colombia (30%), y una sociedad del exterior “T” 40%. El registro contable presentará dos alternativas, de acuerdo con la decisión que tome la asamblea de accionistas, de la siguiente manera:

Cuenta contable                                                                    Débito    Crédito

Patrimonio – resultados acumulados                                        500
Patrimonio – resultados acumulados, retenciones
trasladables al beneficiario final (*)                                                                    37
Pasivo- cuenta por pagar dividendos                                                               463

(*) Teniendo en cuenta que a la sociedad “X” le han asignado una retención en la fuente, esta se traslada a sus accionistas.

Cuenta contable                                                                   Débito     Crédito

Patrimonio – resultados acumulados                                      500
Pasivo- cuenta por pagar dividendos                                                            500

(*) Teniendo en cuenta que a la sociedad “X” le han asignado una retención en la fuente, esta no se traslada a sus accionistas, por decisión de la Asamblea u órgano equivalente.

Registro contable de la sociedad “T” quien recibe dividendos de su participación en la sociedad “X”

La sociedad del exterior “T” quien recibe los dividendos, tiene dos accionistas, una persona natural y otra persona jurídica, del cual no se conoce su identidad.

En este caso el reconocimiento de los dividendos recibidos por parte de la sociedad “T”, dependerá si a ella le han trasladado la retención en la fuente sobre los dividendos a los beneficiarios finales, o si esta se acumuló en la primera sociedad.

De tal manera que su registro contable sería similar al de la sociedad “X”, teniendo en cuenta los ingresos recibidos por dicho concepto.”

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